Sábado 18 de Mayo en San Cristóbal


Bono de colaboración desde 10 $ en: Asogata, 
Escuela Taurina César Faraco: Plaza Monumental, Pueblo Nuevo  
Restaurante Miura: Calle 18 con carr. 20, San Cristóbal 
Contacto: 0412 658 4112

20/1/14

Carta del Abogado Franklin Ortíz a la Junta Administradora de COREALSA

Vista del Complejo Recreacional Albarregas S.A. (COREALSA) Foto: @EspasaMerida


por: Abg. Franklin Ortíz Soto.

Mérida, 20 de enero de 2014 


CIUDADANO 
PRESIDENTE Y DEMAS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA DE COREALSA. 
PRESENTE.- 


Tengo el agrado de dirigirme a Ustedes en la oportunidad de saludarlos y a la vez sirva la presente en mi condición de Accionista de la firma mercantil COREALSA de elevar a su consideración la siguiente situación. 

Primero: el pasado jueves 16-01-2014 en el diario Frontera aparece una convocatoria para el día martes 21 de enero a la realización de cinco Asambleas de accionistas para la aprobación de los ejercicios económicos de los últimos cinco años, en vista de esa convocatoria me permito señalarle que de conformidad a los estatutos sociales la convocatoria a Asamblea de Accionistas debe realizarse por convocatoria de prensa con ocho (8) días de anticipación y como Uds. podrán precisar fácilmente no hay ocho (8) días entre la publicación y el día fijado para la Asamblea en consecuencia dicha convocatoria es nula de pleno derecho e invalidas cualquiera de las decisiones que se tomen en la misma en caso de efectuarse las mismas. 

Segundo: los ejercicios económicos se aprueban en Asambleas de accionistas Ordinarias y no Extraordinarias como se desprende de la convocatoria, todo ello conforme a los estatutos sociales que rigen a COREALSA. 

Tercero: Conforme a los estatutos sociales los accionistas tendrán que tener con un mínimo de treinta (30) días los balances e informes del ejercicio económico para su estudio y posterior aprobación. 

Cuarto: conforme a los estatutos sociales el ejercicio económico de COREALSA: no comienza el 1 de enero de cada año y concluye el 31 de diciembre del mismo año hecho por los demás situación irregular señalada en la convocatoria. 

Quinto: el nombramiento del Comisario e inmediata aprobación de los ejercicios constituye un acto ilegal. 

Sexto: Se necesita la autorización de la Contraloría General de la Republica para desvincular parcialmente el bien inmueble propiedad de COREALSA. 

Séptimo: A manera de información de conformidad con los estatutos sociales y el Código de Comercio se necesitan el voto favorable de las dos terceras partes de los accionistas para poder desvincular parcialmente el bien propiedad de COREALSA. 

Por las razones antes señaladas y en mi condición de accionista de COREALSA solicito formalmente la suspensión y posterior realización de las Asambleas de accionistas convocadas por el diario Frontera en la fecha antes indicada por las razones antes expuestas y por ser dicha convocatoria manifiestamente ilegal y contraria a los estatutos sociales y a las leyes que rigen la materia. 

Sin otro particular al cual hacer referencia se despide de Ustedes esperando la debida receptividad al caso planteado. 


Abg. FRANKLIN JOSE ORTIZ SOTO 
ACCIONISTA DE COREALSA

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