Plaza de toros La Macarena de Medellín, Colombia. Foto: artetoreo.com
por: EL MUNDO / Javier Restrepo Gonzalez - LUNES 05 DE NOVIEMBRE DE 2012
La Corporación Plaza de Toros La Macarena y la Asociación Pro Defensa de la Fiesta Brava enviaron sendos derechos de petición al Ministerio Público pidiendo un control preventivo sobre la actuación del Concejo de Medellín.
Si aún en plena temporada taurina colombiana el tema de las corridas ha ocupado un lugar tan prominente en la agenda noticiosa nacional como lo ha hecho en los últimos días. Por un lado estuvo el fallo de la Corte Constitucional que declaró que ni los alcaldes ni los concejos municipales tienen potestad para prohibir las corridas, y por el otro estuvo el nuevo intento del Concejo de Medellín de modificar la estructura de la lidia.
El primer hecho revivió en Bogotá el debate ante la decisión del alcalde Gustavo Petro de cancelar el contrato existente con la Corporación Taurina de Bogotá para el alquiler de la plaza de toros La Santamaría, lo que obligó a esa entidad a cancelar la temporada del año 2013. Y de contera, obligó al Concejo de Medellín a posponer indefinidamente el primer debate al Proyecto de Acuerdo 043 de 2012, que tendría lugar el viernes, con el argumento de que “la comisión (tercera) espera el texto definitivo de la Corte para tener suficiente ilustración y definir la fecha para la continuidad de la discusión de la iniciativa”, según un comunicado del Concejo.
Los estrados se han convertido así en el ruedo en el que toristas y antitaurinos protagonizan su propia faena de la cual, hasta ahora, la fiesta de los toros parece mantener ventaja gracias al soporte que le da la Ley 916 de 2004, que estableció el Reglamento Nacional Taurino.
Pero para asegurar esa ventaja, en Medellín tanto la Corporación Plaza de Toros La Macarena, Cormacarena (entidad que regenta la plaza y organiza la temporada), y la Asociación Pro Defensa de la Fiesta Brava, Asotauro, decidieron cada una por su lado interponer derechos de petición ante la Procuraduría General de la Nación, solicitando un control preventivo “con el fin de defender el orden jurídico, el patrimonio público, las garantías y los derechos fundamentales y el patrimonio cultural de la Nación”, según las consideraciones de Asotauro.
Defensa legal
Son dos documentos distintos en cuanto a extensión y presentación, pero ambos apuntan a la defensa jurídica de la tauromaquia. El de Cormacarena es un texto conciso y el de Asotauro es amplio en referencias legales. De uno y otro se pueden extraer tres aspectos fundamentales.
El primero es que la aprobación por parte de los concejales del aludido proyecto constituiría “una flagrante violación a la prohibición contenida en el Artículo 35 de la Ley 734 de 2002, Código Disciplinario Único”, el cual señala, entre otras cosas, que los servidores públicos no pueden “reproducir actos administrativos suspendidos o anulados por la jurisdicción contencioso-administrativa, o proceder contra resolución o providencia ejecutoriadas del superior” ni “incumplir cualquier decisión judicial, fiscal, administrativa, o disciplinaria en razón o con ocasión del cargo o funciones, u obstaculizar su ejecución”.
Tal consideración surge porque en 2008 el Concejo aprobó el proyecto de Acuerdo 007 que, en pocas palabras, declaraba a Medellín como Ciudad Antitaurina. Tal Acuerdo fue objetado por el alcalde Alonso Salazar y, como quiera que el Concejo insistiera, fue al Tribunal Administrativo de Antioquia, donde mediante Sentencia S10-136 del 26 de septiembre del 2008, la magistrada Mercedes Judith Zuluaga Londoño declaró fundadas las objeciones hechas por el alcalde, quien consideraba el Acuerdo como “violatorio del ordenamiento legal y constitucional”.
En segundo lugar consideran “la protección del patrimonio cultural de la Nación y el reconocimiento de la diversidad cultural”, como quiera que la introducción de la Ley 916 se considera a la fiesta taurina como “una expresión artística del ser humano.”
En tercer lugar hacen énfasis en que al ser una Ley la que establece el Reglamento Nacional Taurino y que mediante sentencias anteriores la Corte ha señalado el derecho de los aficionados a recibir el espectáculo en su integridad, la pretensión del Concejo de modificar el orden y el rigor de la lidia constituirían una “extralimitación de funciones” las disposiciones del proyecto de Acuerdo 043.
Tanto Cormacarena como Asotauro esperan un pronunciamiento de la Procuraduría General de la Nación que lleve al archivo de dicho proyecto de Acuerdo.
No es la primera vez
Además del intento que el Concejo de Medellín hizo en 2008 para que se aprobara un Acuerdo con similares características al que cursa actualmente, en 2011 el Concejo se ocupó de otro proyecto encaminado a acabar con las corridas de toros en Medellín, según recuerdan los voceros de Asotauro.
En aquella ocasión también logró el movimiento taurino “convencer a la mayor parte de los miembros de la Comisión Tercera para que lo votaran negativamente, lo que obligó al ponente a retirarlo cuando se percató de que no tenía los votos suficientes”.
Añaden que desde la presentación del proyecto de acuerdo 043 de 2012 “hemos insistido ante los señores concejales sobre la inconstitucionalidad e ilegalidad de dicha iniciativa, entregándoles abundante documentación sobre el tema y advirtiéndoles sobre las posibles sanciones en que incurrirían en el caso de aprobarla”.
Asotauro señala que con la reciente sentencia de la Corte Constitucional “ha quedado suficientemente aclarado que ni los concejos ni los alcaldes pueden prohibir o modificar los espectáculos taurinos y que unos y otros deben sujetarse al cumplimiento de la Ley, que es la encargada de su reglamentación”.
Finalmente la asociación hizo un llamado al Concejo para que “en lugar de ocuparse periódicamente de un tema para el cual no tiene competencia, dedique más esfuerzos a la solución de los graves problemas sociales, de orden público y de desempleo que afectan a los habitantes de la ciudad”
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