Sábado 18 de Mayo en San Cristóbal


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Restaurante Miura: Calle 18 con carr. 20, San Cristóbal 
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16/3/22

Comisión Taurina Municipio Tovar revisa reglamento taurino

El Rey de la fiesta.

**** Tema obligado para su revisión será el peso, presencia y trapío de los toros.

por. Freddy Ramírez “Garapuyo” 


Desde el pasado lunes 14 de Marzo 2022, la Comisión  Taurina Municipal de Tovar y asesores, andan en la difícil tarea de ordenar, arreglar, acomodar, mejorar, encajar y acondicionar el reglamento taurino por la cual se regirá en la feria septembrina y la autoridad taurina del Coliseo Techado El Llano de Tovar.   

Me imagino aquellas discusiones acaloradas, subidas de tono en cuanto al peso, presencia y trapío de los toros, algunos -diría yo-, serán de la idea, aquella de vieja data de conceder la tolerancia, esto es:  una vez  pesado el “toro” y este no halla dado el peso reglamentario, pasado a los corrales para el reconocimiento y al observar que a la res le faltase unos 15, 20 o más kilos para el peso mínimo permitido, la autoridad, de acuerdo a la presencia del toro, aprueba o no, aquello de la  tolerancia,  y así  el torito no es rechazado y podría entrar en el  encierro a lidiarse.

Habrá otros comisionados, más “entendidos”, “conocedores” y “aficionados” que justificando -el no sé qué- ese mismo animal con menos peso, quizás unos 380 Kilos, - es decir un novillo- pasaría la “exigente” prueba del pesaje y reconocimiento en los corrales bajo una multa; buena idea, magnifica lo de multar al supuesto ganadero por haber traído a la feria un “toro” por debajo del peso reglamentario.

Una norma de estas, seria todo un ejemplo, que al ser aplicada en Tovar, tomaría jurisprudencia para ser aplicada en las otras plazas de primera y segunda categoría del país, pasando a ser parte de una supuesta Ley Taurina Nacional.

En Tovar, ni en Mérida, ni en San Cristóbal se está exigiendo un toro con 440 kilos de peso, en estas plazas según ordenanza, reglamento, ley o como se llame, se pide un toro por arriba de los 425 kilos, quizás Mérida y San Cristóbal se exige el de 430 kilos.

Es el momento, honorables señores de la Comisión Taurina del Municipio Tovar del Estado Mérida, como los buenos toreros a la hora de la suerte suprema: en corto y por derecho, de una vez por todas, echen la pata pa lante dándole formato de Ley a ese artículo con las multas a los ganaderos que por una u otra circunstancia trajesen toros por debajo del peso reglamentario.

Articulo que también debería ser aplicable a las Empresas Taurinas, ellas son las responsables tras haber ido a las dehesas a hacer el apartado de los toros en condiciones no acordes: sin la presencia y peso exigido.  

La multa debería ser de un valor ejemplarizante; también podría ser una cuota fija preponderante (unidades Tributarias o anclaje al Petro).  En fin, hay otras formas para que ese puntazo económico les duela; que por su peso en divisas les rompa los bolsillos, de esta manera, la normalidad; la verdad; la seriedad en la fiesta volvería a nuestras plazas con un toro -si no es mucho pedir- de unos 425 kilos de peso.

 

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