Este logro judicial se produce gracias a la diligencias legales adelantadas por el Abogado Ender Soto. Foto:
por: Giovanni Cegarra
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ha revocado por Sentencia de fecha 25 de octubre del año en curso, el Amparo Cautelar decretado por dicha Sala el 17 de agosto del año 2015 que impedía que los niños y niñas de menos de doce (12) años, de doce (12) a menos de catorce (14) años y de catorce (14) a menos de dieciocho (18) pudiesen entrar a las corridas de toros que tuviesen a lugar en la Plaza de Toros Monumental Román Eduardo Sandia de Mérida, Estado Mérida, occidente venezolano.
En sus efectos, todos los niños y niñas menores de dieciocho (18) años a partir de la referida Sentencia tienen garantizado su acceso en compañía de sus padres y representantes legales, previa exhibición de la partida de nacimiento, a los espectáculos feriales de Tauromaquia que se realicen en la Plaza de Toros Monumental Román Eduardo Sandia.
Este logro judicial en favor de los niños y niñas menores de diezciocho años se produce gracias a la diligencias legales adelantadas ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia por el Abogado Ender Soto, Apoderado Judicial de la Escuela Taurina Humberto Alvarez de Mérida, Estado Mérida.
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