Sábado 18 de Mayo en San Cristóbal


Bono de colaboración desde 10 $ en: Asogata, 
Escuela Taurina César Faraco: Plaza Monumental, Pueblo Nuevo  
Restaurante Miura: Calle 18 con carr. 20, San Cristóbal 
Contacto: 0412 658 4112

15/8/16

Tribunal decreta medida de Amparo Cautelar a favor de empresa Grisolía

Parte de la sentencia del Tribunal Superior en lo Contencioso Tributario.

por: César Omaña
Director de venezuelataurina.com

San Cristóbal.- La empresa taurina Fabio Grisolía C.A. ha salido favorecida en la demanda contra el cobro de impuestos por la temporada ferial de San Cristóbal 2016 con la Medida de Amparo Cautelar dictada por el Tribunal Superior en lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal.

En anteriores declaraciones, los directivos de la empresa reconocieron la imposición de una multa pues se les pasó el plazo para hacer efectivo el pago correspondiente luego del cuadre de cuentas con los fiscales de rentas, el que era de aproximadamente tres millones de bolívares; pero la sorpresa vino luego cuando la División de Rentas Municipales de San Cristóbal, apoyándose en la ordenanza de espectáculos públicos, procedió a cobrar una suma que fue objetada ante el tribunal por la representación jurídica de la empresa obteniendo la medida decretada por la juez titular.

Con este Amparo Cautelar, la empresa no se vería obstaculizada por el impago de los impuestos municipales, para seguir adelante con la organización de la Feria taurina de San Cristóbal 2017, mientras en el tribunal mencionado se sigue el proceso para la negociación o el ajuste del cobro pretendido por la municipalidad.

El Ing. Nelson Grisolía expresó: "La feria va pa`lante, no hay obstáculos. Estamos trabajando duro para quedar bien con la afición tachirense como se lo merece; ese es el norte de la empresa."

*** Texto del segmento de la sentencia ****
2- DECRETA MEDIDA DE AMPARO CAUTELAR consistente en la suspensión de los efectos de los actos impugnados Resolución No. RES-DH/DRM/010-2016 de fecha 13 de Junio de 2016, dictado por el Director de Hacienda Municipal conjuntamente con la División de Rentas del Municipio San Cristóbal, y la intimación de Deuda Tributaria No. DH/DRM-219 – 16, de fecha 14 de Junio de 2016, emanada de las mismas divisiones.

3.- NOTIFÍQUESE, Director de Hacienda y Jefe de División de Rentas, Síndico Procurador del Municipio San Cristóbal del estado Táchira y envíese copia de la sentencia.

El trámite de la medida se seguirá por el Artículo 602 del Código de procedimiento Civil de conformidad con la sentencia Mervin Sierra, Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (ya señalada).

Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes concede en San Cristóbal Estado Táchira, a los once (11) días del mes de agosto de 2016. Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.

Ana Beatriz Calderón Sánchez
La Juez Titular


Wuendy Moncada
La Secretaria




No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...

Artículos anteriores