16/7/15

Bogotá: Burda jugarreta con la Santamaría.

Aviso de la Curaduría pegado en La Santamaría. Foto:

* Curaduría establece como uso dotacional equipamento deportivo y no plaza de toros

por: Julián Parra Díaz - 25 de junio de 2015

Atropellando la historia de 84 años y burlando el fallo de la Corte Constitucional que estableció en sentencia que el uso de La Santamaría es la de ser plaza de toros, el Alcalde de Bogotá de manera obsesionada, provoca que la plaza no sea reforzada estructuralmente, sino dotada como escenario deportivo.

Observando el aviso de LA CURADURIA URBANA (P) NUMERO 4, vemos como claramente se quiere alterar el uso para el que fue destinado el inmueble que se llama, desde hace 84 años, PLAZA DE TOROS DE SANTAMARIA.

Encontramos que en el ítem TIPO DE SOLICITUD, aparece dizque LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, cuando la plaza no necesita ningún tipo de construcción sino un reforzamiento estructural. Ni hay que quitarle, ni hay que añadirle nada a la plaza.

En el ítem USO (S), aparece como DOTACIONAL EQUIPAMIENTO DEPORTIVO Y RECREATIVO – ESCALA METROPOLITANA. Este es un escenario que fue creado para lidiar toros de casta, no para escuelas de alto rendimiento deportivo.

En el ítem NUMERO DE PISOS PROPUESTOS, aparece dizque 4 PISOS. No se necesita ni uno, ni cuatro, simplemente el número de graderías con las que cuenta actualmente; así ha venido funcionando toda la vida.

Para ilustración de los lectores y de quienes pretenden alterar el uso de LA PLAZA DE TOROS DE SANTAMARIA, nos apoyamos en el concepto técnico y profesional del Ing. Civil Jairo Rodríguez Porras quien dice textualmente:

El reforzamiento estructural es la actualización a las normas sismo resistentes actuales (NSR10) ​a las cuales por ley todo edificio público debe acogerse como garantía para las vidas de las personas ante la presencia de un movimiento sísmico. Para esto se debe contar con un estudio de vulnerabilidad sísmica y con un diseño estructural.

La remodelación es una renovación arquitectónica de un inmueble que busca satisfacer un cambio de uso del mismo, una actualización de sus acabados, obtener áreas adicionales o subdividir las existentes, etc. Pero no es nada que sea esencial para la conservación del inmueble, ni para salvaguardar las vidas de las personas que lo habitan o que hacen uso del mismo. Por esta misma razón las autoridades encargadas de dar las licencias para las remodelaciones (curadurías, secretarias de planeación) son muy recelosas de otorgarlas cuando se trata de un monumento nacional.

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